¡Contactanos!

Estamos para ti

Dirección de Obras Municipales

¿Cuál es la localización y horario de atención?
  • Se ubica en la calle Pedro Montt frente a la Plaza de Armas.
  • Las Oficinas en general de la Municipalidad operan desde: 8:30AM - 1:45PM.
¿Qué es la Ley del mono?

Es un procedimiento simplificado (Ley 20.898), para viviendas cuya construcción haya sido realizada por el propio propietario del inmueble.

En términos prácticos, los propietarios de bienes raíces con destino habitacional o destino comercial para microempresas, cuyas obras de construcción no cuenten total o parcialmente con recepción definitiva, pueden obtener en un solo trámite el permisos de edificación y recepción definitiva para el inmueble.

Información asociada a la Ley del mono:

¿Cuáles son los requisitos para usar la Ley del mono?

Si deseas acogerte a la ley del mono para regularizar tu construcción, tu inmueble debe cumplir con lo siguiente:

  • Su superficie del inmueble no debe ser mayor a 140 m².
  • El avalúo fiscal de la propiedad a regularizar debe ser inferior a 2.000 UF.
  • La construcción a regularizar debe haberse efectuado previo a la fecha de publicación de la ley 20.898. Es decir, antes del 4 de febrero de 2016.
  • La propiedad no debe tener reclamos pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas en algún juzgado de policía local o ante la dirección de obras municipales de su comuna.
  • La propiedad no debe estar emplazada en alguna área de riesgo o protección, ni en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.
  • La obra a regularizar debe cumplir con las normas que garanticen la habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas.
¿Qué tengo que hacer para regularizar mi propiedad por la Ley del mono?

Como mencionamos en la explicación de la ley, lo que se hace alregularizar una propiedad por la ley del mono es, en efecto, presentar una solicitud para obtener de forma simultánea el permiso deedificación y/o la recepción definitiva de la obra. Este trámite debe realizarse en la dirección de obras municipales de la comuna donde está emplazada la propiedad. En concreto, debes rellenar un formulario de solicitud de regularización.

Acompañado de la siguiente documentación:

  • Una declaración simple de parte del propietario del inmueble, en la que indique que es dueño del inmueble y que no existen reclamaciones pendientes.
  • Especificaciones técnicas resumidas de la propiedad a regularizar.
  • Plano del emplazamiento a escala 1:500 y un plano a escala 1:50, firmados por un arquitecto.
  • Un informe del arquitecto o profesional competente que certifique que la construcción cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores definidas en la Ley 20.989 o en la ley general de urbanismos y construcciones, según corresponda.
  • Un certificado de avalúo fiscal, vigente al 4 de febrero de 2016, otorgado por el Servicio de Impuestos Internos.
¿Que plazo tengo que esperar para regularizar mi propiedad?

El plazo establecido por la ley para que las Direcciones de Obras Municipales del país revisen las solicitudes presentadas para regularizar viviendas es de 90 días hábiles para propiedades con destino habitacional y 180 días hábiles para propiedades con destino comercial.

¿Cuánto cuesta presentar o regularizar una propiedad por la ley del mono?

Para regularizar tu propiedad debes pagar los derechos municipales, que de todas formas bajo el amparo de ley del mono son rebajados proporcionalmente al valor de la vivienda, de acuerdo a las siguientes normas:

  • Si la propiedad tiene un avalúo fiscal no es mayor a 400 UF, se pagan los derechos municipales rebajados en un 75%.
  • Si la propiedad tiene un avalúo fiscal mayor a 400 UF y menor a 1.000 UF, se pagan los derechos municipales rebajados en un 50%.
  • Si la propiedad tiene un avalúo fiscal mayor a 1.000 UF, se paga el 100% de los derechos municipales.

Además, si el propietario de la vivienda a regularizar es mayor a 65 años o alguno de los residentes de la propiedad está inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, el trámite de regularización queda libre de pago de los derechos municipales.

Seguramente te preguntes cuál es valor de los derechos municipales. Te comento que la ley establece que el valor de esos derechos corresponde al 1,5% del presupuesto de la obra, el que a su vez debe calcularse multiplicando los metros cuadrados construidos por la tabla de costos unitarios por metro cuadrado de construcción, de acuerdo a la resolución del ministerio de vivienda y urbanismo.

¿Que vigencia tiene la Ley del mono?

En principio, la actual ley del mono fue publicada el 4 de Febrero de 2016 y tenía vigencia de 3 años. Es decir, hasta el 4 de Febrero de 2019. Sin embargo, el Senado a comienzos del año 2019 aprobó una prórroga de la ley por 3 años adicionales. Con esto, la ley del mono extendió su plazo de vigencia hasta el 4 de febrero de 2022.

De todas formas, ten presente que ésta no es la primera vez en la historia de nuestra legislación que se promulga una ley para facilitar los trámites de regularización de viviendas (y probablemente, tampoco será la última).

¿Por qué se llama ley del mono?

Muchos se hacen esta pregunta. Para explicar el origen del sobrenombre, es preciso indicar que en Chile, “hacer un mono”, significa coloquialmente hacer un dibujo.

En este caso, hacer un mono hace alusión a hacer un croquis (un dibujo o representación gráfica) de la propiedad a regularizar. Esto, en relación a la creencia de que la ley 20.898 permite presentar un croquis en vez de los planos técnicos del inmueble para solicitar la regularización del permiso y recepción municipal del inmueble.

Como revisamos anteriormente, esto en rigor no es así, puesto que para presentar la solicitud se requieren planos técnicos y la aprobación de un arquitecto.

Se le recomienda acercarse a Dirección de obras Municipales para obtener información detallada acerca de sus requisitos o llevar a cabo este proceso administrativo.

Requisitos de Admisibilidad según tipo de Trámite

El listado oficial de antecedentes y documentos requeridos para la admisibilidad de expedientes ante la Dirección de Obras Municipales. Incluye los requisitos exigidos por la OGUC y la LGUC para trámites de Permisos de Edificación, Regularizaciones (Ley del Mono), Recepciones Definitivas, Subdivisiones, Fusiones, Demoliciones y Obras Preliminares:

Permiso de Edificación

Normativa base: Art. 5.1.6 OGUC - LGUC - Formularios MINVU Grupo 2

Requisitos sea obra Nueva, Ampliación, Alteración, Reconstrucción, Reparación:

  • Certificado de Informaciones Previas (CIP) vigente.
  • Declaración simple del propietario como titular del dominio.
  • Certificado de dominio vigente.
  • Certificado de avalúo fiscal (SII).
  • Patente profesional al día (arquitecto, ingeniero, constructor).
  • Formulario INE de estadísticas de edificación.
  • Listado completo de documentos y planos firmados por el arquitecto.
  • Proyecto arquitectónico completo (emplazamiento, cortes, elevaciones, cubiertas, superficies).
  • Proyecto de cálculo estructural (si aplica).
  • Certificado de factibilidad de servicios sanitarios.
  • Informe favorable de Revisor Independiente (si aplica).
  • Resolución de anteproyecto aprobado (si corresponde).
  • Disposiciones especiales (DFL N°2, Ley 19.537, etc.).
  • Pago de derechos municipales.
Regularización (Ley 20.898 o anterior a 1959)

Normativa base: Art. 5.1.4 OGUC - Ley 20.898 - Circular DDU

Antecedentes requeridos para regularizar edificaciones construidas sin permiso previo, amparadas bajo la Ley 20.898 (Ley del Mono) o reconocidas como anteriores a 1959 según el Art. 5.1.4 de la OGUC:

  • Solicitud de regularización según tipo de edificación.
  • Certificado de dominio vigente.
  • Declaración jurada de antigüedad de la obra.
  • Informe técnico de arquitecto
  • Planos representativos del estado actual.
  • Certificado de habitabilidad (si aplica).
  • Certificado de cumplimiento normativo (zonificación, habitabilidad, seguridad).
  • Pago de derechos y multas (si corresponde).
Recepción Definitiva de Obras

Normativa base: Art. 5.1.23 OGUC - Formularios MINVU Grupo 2

Antecedentes exigidos por el Art. 5.1.23 de la OGUC para certificar que la obra ha sido concluida conforme al permiso aprobado y está apta para su uso:

  • Solicitud firmada por propietario o supervisor de obra.
  • Fotografías de obra terminada.
  • Certificado de cumplimiento de normas urbanísticas.
  • Informe final de Revisor Independiente (si hubo).
  • Certificado de número municipal (si aplica).
  • Pago de derechos de recepción.
Subdivisión de Terreno

Normativa base: Art. 3.1.2 OGUC - Ley de Urbanismo

Antecedentes exigidos por el Art. 3.1.2 de la OGUC para la división de un terreno en lotes menores, sin ejecución de obras de urbanización:

  • Solicitud de subdivisión firmada por propietario.
  • Plano de subdivisión visado por profesional competente.
  • Certificado de Informaciones Previas.
  • Certificado de avalúo fiscal.
  • Informe favorable de urbanización (si aplica).
  • Pago de derechos.
Fusión de Predios

Normativa base: Art. 3.1.3 OGUC - Ley de Urbanismo

Antecedentes exigidos por el Art. 3.1.3 de la OGUC para la unión de dos o más terrenos colindantes del mismo propietario en un solo lote con rol único:

  • Solicitud de fusión firmada por propietario.
  • Plano de fusión con deslindes actualizados.
  • Certificado de dominio de ambos predios.
  • Certificado de avalúo fiscal.
  • Certificado de número y rol unificado (SII).
  • Pago de derechos.
Demolición

Normativa base: Art. 5.1.5 OGUC - Ley de Monumentos Nacionales

Antecedentes exigidos por el Art. 5.1.5 de la OGUC para autorizar la demolición total o parcial de edificaciones, cumpliendo con normativas de seguridad y leyes especiales:

  • Solicitud de demolición firmada por propietario.
  • Plan de desratización (si aplica).
  • Plan de manejo de residuos.
  • Informe técnico de seguridad.
  • Fotografías del inmueble.
  • Autorización del Consejo de Monumentos Nacionales (si aplica).
  • Pago de derechos.
Obras Preliminares

Normativa base: Art. 5.1.3 OGUC

Antecedentes exigidos por el Art. 5.1.3 de la OGUC para la ejecución de construcciones provisorias, instalación de grúas y excavaciones previas al permiso de edificación:

  • Solicitud de autorización.
  • Declaración de dominio del inmueble.
  • Plano de planta de instalaciones provisorias.
  • Plano de emplazamiento de grúa (si aplica).
  • Carta de responsabilidad profesional.
  • Plano de excavaciones y medidas de seguridad.

Se le recomienda acercarse a Dirección de obras Municipales para obtener información detallada acerca de sus requisitos o llevar a cabo este proceso administrativo.

Construcción de Vivienda Social en Chile

En Chile, la construcción de viviendas sociales debe cumplir con un conjunto de requisitos técnicos, normativos y sustentables definidos por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU). El checklist más actualizado incluye aspectos de diseño, eficiencia energética, seguridad, documentación y entrega final:

Documentación Inicial

Documentación oficial obligatoria para acreditar la legalidad del proyecto, abarcando desde la aprobación municipal de planos hasta los estudios de impacto ambiental correspondientes:

  • Permisos de edificación aprobados por la Dirección de Obras Municipales.
  • Planos arquitectónicos y estructurales visados.
  • Especificaciones técnicas completas y actualizadas.
  • Memoria de cálculo estructural y certificados de revisión.
  • Estudio de impacto ambiental o declaración simple, según corresponda.
Diseño y Sustentabilidad

Criterios técnicos de eficiencia energética y confort ambiental exigidos por el MINVU, abarcando el cumplimiento de la envolvente térmica, materiales certificados y la Certificación de Vivienda Sustentable (CVS):

  • Asoleamiento adecuado: orientación de ventanas y espacios para optimizar luz natural.
  • Envolvente térmica: muros, techos y pisos con aislación conforme a normativa.
  • Ventilación cruzada y control de humedad.
  • Uso de materiales sustentables certificados por MINVU.
  • Cumplimiento con la Certificación de Vivienda Sustentable (CVS): eficiencia energética, agua, residuos y confort ambiental.
Instalaciones

Requisitos técnicos y normativos para la habilitación de servicios básicos, exigiendo certificación SEC, pruebas de hermeticidad en redes de gas y cumplimiento de estándares de accesibilidad universal:

  • Red eléctrica con certificación SEC.
  • Instalaciones de gas con planos y pruebas de hermeticidad.
  • Sistemas de agua potable y alcantarillado conectados a red pública o soluciones aprobadas.
  • Equipos de climatización (aire acondicionado, calefacción) con ficha técnica y manual de uso.
  • Accesibilidad universal: rampas, pasamanos, puertas y baños adaptados.
Seguridad y Normativa

Marco normativo exigido por la OGUC y la NCh433 para garantizar la estabilidad estructural y resistencia sísmica, junto con los sistemas activos y pasivos de protección contra incendios:

  • Cumplimiento de la OGUC (Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones).
  • Resistencia sísmica según NCh433.
  • Protección contra incendios: extintores, detectores de humo, materiales ignífugos.
  • Salidas de emergencia y señalización.
Entrega y Postventa

Documentación final requerida para el cierre administrativo del proyecto, que incluye el Acta de Recepción Municipal, el certificado de habitabilidad y el oficio conductor con el detalle de los antecedentes entregados:

  • Manual de mantenimiento detallado para propietarios.
  • Ficha técnica de cada instalación y equipo (gas, aire acondicionado, equipamiento).
  • Acta de recepción municipal y certificado de habitabilidad.
  • Carta u oficio conductor enumerando e itemizando la documentación entregada.
  • Garantías de materiales y equipos.
Consideraciones clave
  • MINVU exige cada vez más criterios de sustentabilidad: eficiencia energética y confort ambiental son obligatorios en proyectos nuevos.
  • La recepción municipal es el paso crítico: sin ella, la vivienda no puede ser habitada legalmente.
  • El oficio conductor físico es indispensable para formalizar la entrega de antecedentes y asegurar trazabilidad documental.

Tabla Resumen del Checklist

Área Requisitos principales
Documentación Permisos, planos, especificaciones, memoria de cálculo
Diseño sustentable Asoleamiento, aislación, CVS, ventilación
Instalaciones Electricidad SEC, gas certificado, agua, climatización
Seguridad OGUC, NCh433, incendios, accesibilidad
Entrega final Manual de mantenimiento, fichas técnicas, acta municipal, oficio conductor
Ir al contenido